En Venezuela, en los últimos años en el desarrollo del nuevo sistema de seguridad social, se han creado un conjunto de textos legales que vienen a regular la relación de trabajo, es busca de darle amparo al trabajador y proporcionarle mejores beneficios al ejecutar sus faenas, la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), que entró en vigencia el 26 de julio de 2005, viene a introducir en las organización una conciencia de prevención de riesgos que podrían generar un accidente laboral o una enfermedad ocupacional al trabajador que lo afecte de por vida, también incluye el establecimiento de medidas para proporcionarle un ambiente de trabajo agradable, así como también inserta nuevos conceptos como el tiempo libre, la recreación y el turismo social.
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo encargado de la divulgación de las políticas nacionales de prevención, salud y seguridad en los lugares de trabajo, y también tiene dentro sus funciones fiscalizar, inspeccionar y controlar que las disposiciones establecidas en la LOPCYMAT se desarrollen en los centros de trabajo a cabalidad.
Lo primera actividad que debe realizar un patrono, es reunir a sus empleados para que entre él y sus trabajadores seleccionen de acuerdo a sus capacidades las personas que conformarán el comité de seguridad laboral, quién será el encargado de formular el programa de salud y seguridad laboral de la empresa, en el cual se incluirá un mapa de riesgos, el croquis de la ruta habitual de cada trabajador y los planes de prevención con la finalidad de minimizar las posibles exposiciones que los empleados puedan tener frente a un accidente o una enfermedad ocupacional.
Además este comité, debe organizar las elecciones para escoger al Delegado de Prevención, el cual conformará también dicho comité y deberá velar porque las condiciones de medio ambiente de trabajo sean favorables, además debe avistar posibles riesgos eventuales que se susciten en lugar de trabajo, debe mantener informado al personal sobre posibles situaciones que le podrían causar una enfermedad ocupacional, también debe recibir las denuncias ejercidas por los trabajadores sobre algún aspecto relacionado a las condiciones y medio ambiente de trabajo, y debe servir como intermediario entre los trabajadores, INPSASEL y el patrono.
La LOPCYMAT trae estipulaciones muy precisas sobre cuáles son las condiciones que el patrono debe proveerles a los trabajadores para que éstos puedan realizar sus actividades tratando de disminuir los riesgos a verse expuestos a accidentes laborales o enfermedades ocupacionales, sin embargo, está Ley es relativamente nueva y no muchas personas tienen conocimiento sobre el contenido de la misma, además para algunos patronos resulta muy costoso adecuar la infraestructura de la empresa para que no sea perjudicial para la salud del trabajador, o también sucede que la Ley otorga mucha protección al trabajador y se presenta el caso de que estos no atienden al llamado de utilizar los medios de protección que se les han suministrado y por no obedecer al llamado del patrono de usar por su bien los implementos de prevención se generan accidentes o enfermedades que representan una indemnización solidaria por parte del empleador.






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